Bueno abro este tema por si hay personas que tengan interés en cambiar su plaza por la de otro compañero que tambien tenga las mismas intenciones. Por si alguien no lo conocía, esto viene regulado en el Artículo 62 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado (RD 315/1964 de 7 de febrero) que dice:
"El Subsecretario, en su Departamento, y el Vicepresidente de la Comisión Superior de Personal, si se trata de Ministerios distintos, podrán autorizar excepcionalmente permutas de destinos entre funcionarios en activo o en excedencia especial siempre que concurran las siguientes circunstancias:
Yo personalmente estoy en la Administración de Terrassa en el área de gestión (sanciones) pero vivo en Barcelona porque mi novia trabaja en el hospital de Vall d´hebron y todos los dias tengo que trasladarme en tren. A mi me vendría muy bien la Administración de Gracia, Letamendi o Colom, si hay alguien que esté ocupando plaza en alguna de estas administraciones y esté interesado en vivir y trabajar en un sitio mas tranquilo, trabajar con gente estupenda y pagar un alquiler más barato que me escriba en este foro.
Un saludo.
"El Subsecretario, en su Departamento, y el Vicepresidente de la Comisión Superior de Personal, si se trata de Ministerios distintos, podrán autorizar excepcionalmente permutas de destinos entre funcionarios en activo o en excedencia especial siempre que concurran las siguientes circunstancias:
- Que los puestos de trabajo en que sirvan sean de igual naturaleza y corresponda idéntica forma de provisión.
- Que los funcionarios que pretendan la permuta cuenten, respectivamente, con un número de años de servicio que no difiera entre sí en más de cinco.
- Que se emita informe previo de los Jefes de los solicitantes o de los Subsecretarios respectivos.
- En el plazo de diez años, a partir de la concesión de una permuta, no podrá autorizarse otra a cualquiera de los interesados.
- No podrá autorizarse permuta entre funcionarios cuando a alguno de ellos le falten menos de diez años para cumplir la edad de jubilación forzosa.
- Serán anuladas las permutas si en los dos años siguientes a la fecha en que tenga lugar se produce la jubilación voluntaria de alguno de los permutantes."
Yo personalmente estoy en la Administración de Terrassa en el área de gestión (sanciones) pero vivo en Barcelona porque mi novia trabaja en el hospital de Vall d´hebron y todos los dias tengo que trasladarme en tren. A mi me vendría muy bien la Administración de Gracia, Letamendi o Colom, si hay alguien que esté ocupando plaza en alguna de estas administraciones y esté interesado en vivir y trabajar en un sitio mas tranquilo, trabajar con gente estupenda y pagar un alquiler más barato que me escriba en este foro.
Un saludo.