Os dejo la documentación a presentar junto con las preferencias de destino según lo dispuesto para la anterior convocatoria. Lo dejo como texto porque es más cómodo de leer y no es necesario acudir al enlace del BOE o abrir el documento PDF.
"...Los opositores aprobados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Reglamento, deberán presentar en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Departamento de Recursos Humanos, Subdirección Adjunta de
Selección de Personal, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, calle Lérida 32-34, 28020 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la siguiente documentación:
a) Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 522/2006 y la Orden/PRE/3949/2006, para realizar la consulta de identificación personal a través del sistema de verificación de datos de identidad, según el modelo que figura como anexo II a esta Resolución. En caso
de no autorizar la consulta deberá aportar fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria, o certificación académica que acredite haber realizado los estudios para la obtención del título, o título académico de nivel superior al exigido en la convocatoria. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá aportarse fotocopia compulsada de la
credencial que acredite su homologación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a esta Resolución.
d) Los aspirantes que hayan accedido por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Asimismo deberán solicitar, en su caso, de conformidad con los artículos 9 y 10 del capítulo IV del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, «BOE» del 17, la alteración de orden de prelación para la elección de plazas por motivos debidamente acreditados y/o adaptación del puesto o puestos de trabajo correspondientes, adjuntando informe expedido por el órgano competente en esta materia que acredite la necesidad de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de funciones que tenga atribuido el puesto o puestos solicitados.
Tercero.–Durante el mismo plazo de veinte días que se señala en el apartado anterior, los opositores aprobados deberán hacer petición de destino a la vista de la relación de vacantes que se ofertan en el anexo IV, empleando, a tal efecto, copia del impreso que figura como anexo V".